martes, 29 de mayo de 2012

Desde el 2004 las postulaciones a cargos de elección popular se hacen por vía electrónica

El sistema automatizado de postulaciones, presentado por primera vez el 24 de marzo de 2004, es la vía para que los candidatos a las presidenciales del 7 de octubre cumplan con el trámite necesario para medirse en los comicios.
En el 2004, meses antes de las elecciones regionales de ese año, Jorge Rodríguez, entonces presidente de la Junta Nacional Electoral (JNE), dijo que con el sistema se conocería en tiempo real el movimiento de las postulaciones, reseña una nota de prensa del CNE.

"En la medida en que se vayan inscribiendo cada uno de los alcaldes, gobernadores y diputados, los miembros del CNE podemos ir viendo el resultado parcial por región, por cargo, e incluso por partidos políticos las inscripciones que se han estado realizando , declaró Rodríguez, quien además destacó que la plataforma fue creada por técnicos venezolanos.

Para este año, el cronograma para las presidenciales señala entre el 1 y el 11 de junio como los días hábiles para la postulación que se realizará a través del sistema y que les permitirá a los candidatos cargar sus datos y desde allí recibir información sobre el estatus de su trámite.

El artículo 49 del reglamento 1 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) dice que se debe ingresar al sistema automatizado de postulación a través de la página web del CNE www.cne.gob.ve, abrir la planilla de postulación, vaciar los datos del postulado y finalmente imprimirla por triplicado para luego consignarla, junto a otros recaudos, ante la Junta Nacional Electoral.

Quien postula a los candidatos es un autorizado que los partidos políticos deben presentar obligatoriamente ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento.

"Sólo serán recibidas y tramitadas las postulaciones de las organizaciones con fines políticos que estén suscritas por las o los autorizados para postular", dice el artículo 48 del reglamento.

Requisitos

Son 14 los requisitos que deben acompañar la planilla de postulación. La normativa señala que debe suscribirse la identificación del candidato tal y como aparecerá en la boleta electoral.

Igualmente se debe identificar el cargo al que se postula, datos del domicilio, una declaración jurada, constancia de la selección del candidato por parte de la organización que lo postula y el programa de gestión propuesto por el candidato en físico y en digital, en el formato que determine el CNE.

Copia de cédula y fotos tipo carné también son parte de los recaudos.

Consignados los documentos, la JNE los revisará y los ingresará al sistema automatizado. Si al candidato que se postula le falta algún documento, la Junta le otorgará 48 horas para consignarlos.

FUENTE: AVN

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