La resolución tiene como finalidad resguardar la inviolabilidad de las fronteras, combatir el contrabando y prevenir actividades de personas que pudiesen representar amenazas a la seguridad de la República.
Asimismo queda prohibida la circulación de vehículos de carga y transporte de mercancías de cualquier rubro durante el horario comprendido entre las 6:00 pm y las 05:00 am, en todos los municipios fronterizos.
Se ordena al Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Ceofanb), la ejecución del presente Resolución Conjunta, así como el establecimiento de las condiciones necesarias con el Ministerio Público, los órganos de seguridad del Estado y demás autoridades del Poder público Nacional para el cumplimiento de la misma.
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