Este proceso fue resultado de la convocatoria del poder constituyente y le otorgó a este estado andino venezolano la denominación de “bolivariano”.
Rodríguez explicó, días antes, que algunos aspectos de dicho instrumento legal no se adaptaban a la realidad de la entidad o contradecían ciertas leyes nacionales vigentes.
Se revisó “lo vinculado a los derechos fundamentales de los ciudadanos merideños, la organización de las atribuciones de los órganos del estado en función de los planes de desarrollo nacional (Segundo Plan Socialista de la Nación) y la organización político territorial”.
También “el derecho a la vida y protección de los animales, la diversidad sexual, protección y garantías de los derechos económicos del estado sobre sus riquezas, regularización de los períodos constitucionales (tanto de los legisladores como del gobernador), designación del Contralor de la entidad”.
FUENTE: VTV - http://www.aporrea.org |