La constitución de esas brigadas es para dar cumplimiento al 5° vértice de la Gran Misión A Toda Vida Venezuela, que estipula un sistema nacional de atención a las víctimas de la violencia.
Las recién creadas brigadas estarán a cargo del director del cuerpo policial respectivo (llámese policía regional o municipal), quien actuará coordinadamente con el director general de supervisión disciplinaria de los cuerpos de policía.
La función de velar por la protección, seguridad y asistencia a las víctimas deberán cumplirla de manera prioritaria con un mínimo de 20 funcionarios, dice la resolución.
Funciones. Entre las funciones de esas brigadas destaca: dar cumplimiento a las medidas de protección otorgada a víctimas por un juez o el fiscal superior de un estado; conducir a las víctimas, testigos y demás sujetos procesales protegidos a las dependencias judiciales, al lugar donde deba practicarse una diligencia o a su domicilio en vehículos oficiales; proteger la integridad física de las víctimas; tomar las medidas a fin de evitar que se capten imágenes de las víctimas.
Los integrantes de las brigadas están obligados a asistir a los cursos de capacitación que realice el Ministerio Público o cualquier otro órgano.
El proceso de constitución, organización y puesta en funcionamiento de las brigadas policiales especiales no podrá exceder de 90 días continuos que ya comenzaron a correr a partir de ayer, acota la resolución.
Cualquier ciudadano podrá solicitar la exclusión de alguno o varios funcionarios que integren las brigadas cuando éstos hayan sido denunciados.
FUENTE: Eligio Rojas - http://www.ultimasnoticias.com.ve |