martes, 4 de febrero de 2014

FGR: Sobre la Ley de Precios Justos

Artículo de opinión de la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, publicado en el diario Últimas Noticias, este martes 04 de febrero de 2014
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la justicia, la igualdad, la solidaridad y la responsabilidad social, entre otros; y como fines esenciales del Estado, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.

Igualmente, la Carta Magna consagra que todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en la ley; y establece que el ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura y otros delitos conexos, serán penados severamente de acuerdo con la ley.

Estas normas de rango constitucional deben ser entendidas de acuerdo con la realidad que hoy vivimos; estamos siendo víctimas de una guerra económica, que consiste básicamente en el uso de mecanismos propios de la lógica de mercado del capital para reducir o limitar la oferta de bienes esenciales de consumo masivo, con acciones tendientes a modificar la conducta del consumidor en los puntos finales de venta. También, se manifiesta la utilización de sistemas no formales de distribución, contrabando de extracción y reducción deliberada de la producción alegando falta de algún insumo.

Ello trae como consecuencia un alza desproporcionada en los precios de algunos productos, acaparamiento, especulación y percepción de escasez, que crea incertidumbre y angustia entre los ciudadanos.

Ante tal situación, para garantizar el abastecimiento de todos los productos en el mercado, el Estado promulgó el 23 de enero del presente año, la Ley Orgánica de Precios Justos.

Este instrumento legal constituye la herramienta fundamental para combatir las diversas perversiones que persiguen un enriquecimiento desmedido de un sector en perjuicio de la población y que, por lo tanto, se tipifican como delitos, conductas tales como expendio de alimentos o bienes vencidos, especulación, importación de bienes nocivos para la salud, alteración fraudulenta, acaparamiento, boicot, desestabilización de la economía o reventa de productos de primera necesidad.

Por ello, el Ministerio Público ejecutará todas las acciones legales necesarias para investigar la comisión de estos delitos, sancionar a los responsables y así contribuir al beneficio de toda colectividad.

Fiscal General de la República

Publicado en el diario Últimas Noticias/ martes 04 de febrero de 2014/ Pág. 32, opinión.

FUENTE: Prensa MP

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