Tal delito fue detectado el 11 de enero de 2007.
Los fiscales 7º nacional y 1º principal y auxiliar de esa jurisdicción, Marisela De Abreu, Noel Rivas y María Arellano, respectivamente, ratificaron la acusación contra Vásquez por la comisión del delito de tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
Tal delito está previsto y sancionado en la derogada Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, con el agravante de facilitador establecido en el Código Penal.
Una vez evaluados los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público, el Tribunal Único de Juicio de Delta Amacuro dictó la referida condena contra el militar, quien permanece detenido en la sede de la Policía Municipal de Tucupita.
El citado día, el Tribunal Tercero de Control de ese estado, fijó el acto de incineración de 222 panelas de cocaína, equivalentes a 246 kilos con 250 gramos, alijo que fue incautado en un fundo ubicado en el sector El Zamuro.
La mencionada cantidad de droga se encontraba bajo el resguardo del Destacamento de Vigilancia Fluvial 911.
Durante el procedimiento de experticia química que se realiza antes de la destrucción de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, los funcionarios que se encontraban en el lugar constataron que la cocaína fue sustituida por 199 panelas con similares características, entre ellas yeso.
Luego de varias investigaciones coordinadas por el Ministerio Público, el 21 de agosto de 2007, el Tribunal 1° de Control de Delta Amacuro, en audiencia especial, acordó privar de libertad a Vásquez, al subteniente Felipe Pérez y al teniente Gerardo Sepúlveda, ambos adscritos al citado destacamento.
En el caso de estos dos últimos militares, en su oportunidad admitieron los hechos y fueron condenados, Sepúlveda a 13 años y 6 meses de prisión, mientras que Pérez fue sentenciado a 8 años.
| FUENTE: Prensa MP |


