
En el 88 se establece que en cada recinto penitenciario deberá funcionar una biblioteca principal y las auxiliares que se requieran según los diferentes tipos o niveles de estudio profesionales o clasificaciones, las cuales serán atendidas por un bibliotecólogo (a) o profesional de las ciencias sociales.
Su custodia podría estar a cargo de algún privado o privada de libertad que tenga formación en la materia, quien será responsable del buen uso y la conservación de los libros, material educativo, mobiliario y equipos de los cuales disponga la biblioteca.
Por su parte, el presidente de la citada Comisión, diputado Andrés Eloy Méndez (PSUV/Falcón) informó -al concluir el encuentro- que el próximo miércoles continuarán con la discusión del COP artículo por artículo, en otra jornada maratónica.
“Estamos convencidos que esa norma jurídica contribuirá para que demos los pasos en la dirección correcta. Pues, todos los elementos que contiene y los protocolos que prevé, inclusive por la estructuras sobre recursos humanos y seguridad así lo indican, porque van a lo esencial”, resaltó.
Manifestó que, en este sentido, se contempla dotar al Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario de un servicio con todo lo necesario para abordar ese gran tema de la Nación, el cual se ha ido desequilibrando y agudizando desde hace muchísimos años.
Méndez refirió que, desde la Comisión, no solamente se han venido haciendo un seguimiento a los casos dentro de las cárceles y subrayó que los casos de denuncias recibidas superan los quinientos, entre los que habían y los que han llegado nuevos.
FUENTE: Ernesto Vegas/Prensa AN