De acuerdo con lo que contempla la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT), el patrono que obstaculice o incumpla una medida inmediata de reenganche ordenada por la Inspectoría del Trabajo será multado con el pago de 30 a 360 Unidades Tributarias (UT), dependiendo del caso.
Así lo explicó el abogado Mario Castillo, de la firma Castillo Serrano & Aso y coordinador general del Instituto de Estudios Jurídicos del estado Anzoátegui, en el foro que realizó ayer en Puerto La Cruz la Cámara Petrolera de Venezuela Capítulo Anzoátegui, en el que se analizó la LOT con empresarios del sector y de otras ramas.
Señaló que cuando el empresario no reengancha al empleado de inmediato, el inspector del Trabajo abre un expediente en el lugar de labores cuando se esté ejecutando la medida y se le aplica una multa al patrono, pero si persiste la negativa a la acción, el funcionario pasa el caso al Ministerio Público y se considera flagrancia que implica arresto de hasta 90 días.
“La sanción no es a futuro, sino que en ese momento se detiene al empresario con la fuerza pública, se pone a la orden de la Fiscalía y pasa a un tribunal de Control para una audiencia como cualquier delincuente... Pero la ley también establece que si en el curso del arresto el empresario paga la multa se suspende de inmediato la medida de detención”.
Más detalles
Castillo dijo que en la actividad abordaron varios temas, entre ellos, cómo deben hacer las compañías para cumplir con la ley y cuáles son los impactos económicos y sociales que esta norma genera en la empresa, desde el punto de vista de la repercusión de salarios, beneficios y pasivos laborales.
También discutieron sobre la figura del despido y de la estabilidad absoluta.
FUENTE: Nathalia Guzmán Soto - http://eltiempo.com.ve
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