domingo, 25 de septiembre de 2011

Multas para quienes se nieguen a alquilar

Una vivienda desocupada es contraria al interés social. Así lo indica el artículo 4, parágrafo único, de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, que se discute en la Asamblea Nacional.
Según el texto que estudian en la plenaria del Parlamento, un dueño de un bien con destino residencial para el arriendo que se niegue a alquilarlo deberá pagar una contribución tributaria especial o multa. El monto lo determinará el organismo encargado de velar por el tema arrendaticio.

Los diputados de la Comisión de Administración y Servicios de la AN, que elaboraron el documento, aclaran que la medida busca promover el arrendamiento de viviendas desocupadas que no se ofrecen en venta.

FUENTE: http://www.laverdad.com

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