Dicha circular cita:
"El 17 de agosto de 2015, contenido del juicio que por DAÑO MORAL, sigue el ciudadano DIOSDADO CABELLO RONDÓN, contra la sociedad C. A., EDITORIAL EL NACIONAL, ante ese Juzgado mediante sentencia de esa misma fecha DECRETÓ MEDIDAS DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, la cual recayó sobre el bien inmueble constituida por una parcela de terreno ubicada en la Urbanización los Cortijos de Lourdes, en la Segunda (2da) Avenida con Cuarta (4ta) Transversal, jurisdicción del Municipio Sucre, Estado Miranda…”, sede de El Nacional.
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