La disposición es reseñada en la Gaceta Oficial N° 40.375 de fecha 19 de marzo del 2014 que circula este jueves.
De esta forma, el 20% establecido deberá ser distribuido de la siguiente manera: 65% destinado a créditos hipotecarios para la construcción de vivienda principal, 33% a créditos hipotecarios para adquisición de vivienda principal y 2% para créditos hipotecarios para autoconstrucción de vivienda principal, señala el artículo 2 de la medida.
| FUENTE: Correo del Orinoco - SiBCI |



