La decisión le ordena a la Sala Electoral remitirle todas y cada una de las actuaciones correspondientes, en el lapso de cinco días hábiles contados a partir de su notificación a la Constitucional. Asimismo, la Secretaría de la Sala Constitucional formará un nuevo expediente para cada causa.
Señala el fallo que es criterio consolidado de la Sala Constitucional que, especialmente en los asuntos litigiosos relacionados con los derechos de participación y postulación, se encuentra vinculado el orden público constitucional.
FUENTE: Ciudad Caracas - http://www.aporrea.org |