Tal como fue anunciado por el Ejecutivo la semana pasada, hoy fueron establecidas en Gaceta Oficial las condiciones de obligatorio cumplimiento para los establecimientos de alimentos y bebidas a nivel nacional.
La norma indica que en tales establecimientos se deberá exhibir en un lugar visible y de fácil localización, en la entrada y dentro del local, la lista de precios de los productos y servicios que allí se ofrecen. Se debe precisar el Impuesto al Valor Agregado.
Los precios deberán ser notificados al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios y no se podrá cobrar por encima de estos valores.
Se debe especificar en la lista de precios y servicios los alimentos y bebidas que se incluyen para evitar ofertas engañosas.
FUENTE: http://www.eluniversal.com
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