El Banco Central de Venezuela reitera que hasta el 31 de diciembre de 2011, inclusive, podrán circular los billetes y monedas del viejo cono monetario como está previsto en la Resolución Nº 11-05-11 de la institución.
A partir del 1 de enero de 2012, las personas que conserven billetes o monedas del cono monetario anterior podrán acudir a las instituciones bancarias para realizar el canje por las especies monetarias del nuevo cono, puesto en circulación en enero del año 2008.
Las entidades bancarias deberán recibir del público las especies monetarias del viejo cono y deberán depositarlas en el BCV, de acuerdo con lo dispuesto por el instituto emisor.
FUENTE: Carolina García Aparicio - http://www.el-nacional.com
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