miércoles, 27 de julio de 2016

Diputados de Amazonas consolidarán la mayoría calificada de la MUD en la Asamblea Nacional

Esta semana será decisiva para la incorporación de los diputados de Amazonas Nirma Guarulla, Julio Ygarza y Romel Guzamana a sus curules, luego que la directiva de la Asamblea Nacional decidiera convocarlos y desafiar al Tribunal Supremo de Justicia, entidad que suspendió la proclamación de los parlamentarios al atender una denuncia de presunto fraude electoral, cometido el seis de diciembre de 2015.

Días después, el 30 de diciembre, la sala electoral del TSJ emitió el fallo que dejaba a los amazonenses sin representación parlamentaria, pues la suspensión no solo fue para los candidatos de la MUD, Julio Haron Ygarza y Nirma Guarulla, así como su suplente Malumar Baloa; sino también para el representante del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Miguel Leonardo Rodríguez.

La decisión del TSJ entra en abierta contradicción con el artículo 200 de la Normativa Electoral en la Constitución de la República, el cual establece que “Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley”.

Esto indica que los diputados de Amazonas están en pleno derecho de ocupar sus curules, sin que esto constituya un delito.

En tal sentido, el abogado constitucionalista Jesús María Casal opina que, desde el mismo día que los cuatro diputados fueron proclamados por el Consejo Nacional Electoral, adquirieron inmunidad parlamentaria y, en modo alguno, se podía suspender la designación.

“En caso de que procediera un juicio por el presunto delito de fraude electoral, los diputados tampoco perderían automáticamente sus curules, porque no se ha iniciado un juicio y los procedimientos de levantamiento de la inmunidad tampoco se han cumplido”, explicó el jurista.

El también abogado Alberto Arteaga Sánchez estima que la decisión de la sala electoral del TSJ “es absolutamente ilegal y violatoria del derecho al sufragio, de la voluntad del pueblo y de la inmunidad parlamentaria”.

Advierte que la administración de justicia no puede ser usada como arma política, como pasó en diciembre de 2015, cuando la casi extinta Asamblea Nacional designó a 32 magistrados, entre principales y suplentes, violentando la normativa legal vigente.

“Eso, claramente, fue producto de la presión gubernamental. Esto tenía el claro propósito de que las designaciones de los magistrados no las hiciera el nuevo parlamento, que asumió el cinco de enero”.

Al incorporarse plenamente los tres diputados principales, la oposición llegaría a contar con 112 diputados, justo el número mágico para que se consolide la segunda mayoría calificada que establece la constitución: las (2/3) partes de la Asamblea Nacional.

Es la más importante de las mayorías parlamentarias, pues podrá activar mecanismos constitucionales que inicien un proceso de cambios y de reinstitucionalización de los poderes públicos en Venezuela.

La Constitución Nacional de 1999 faculta a los diputados a revisar acuerdos internacionales que contrajo el Gobierno y que pueden comprometer la soberanía nacional y el buen manejo de los fondos de los ciudadanos venezolanos, tales como los acuerdos de cooperación entre Venezuela y Cuba, así como los convenios como Petrocaribe y la Alternativa Bolivariana para Las Américas, Alba.

La mayoría calificada podrá solicitar al CNE la activación de referendos aprobatorios o derogatorios de esos u otros tratados.

Otras responsabilidades que podrán asumir los 112 diputados de la MUD se resumen en estos puntos:

1.- Designación de los cinco rectores del CNE. En el mes de septiembre, la AN deberá designar a dos rectores del ente comicial, cuyos períodos en sus cargos estarán vencidos.

2.- Se podría impulsar un proyecto de reforma de la Constitución.

3.- Previa investigación, podrán, temporalmente, suspender de su cargo a algún colega diputado, si éste incurriera en alguna irregularidad.

3.- Podrán aprobar y modificar las leyes orgánicas, como las del trabajo, precios justos, tierras y Resorte.

4.- Remover a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, en casos de faltas graves, es otra posibilidad, pero cumpliendo con el mecanismo de audiencia al investigado.

5.- Elegir al poder ciudadano: Fiscal general, Defensor del pueblo y Contralor general, también es posible.

6- Crear o suprimir comisiones permanentes es otra de las tareas a cumplir si hay mayoría calificada.

7.- Convocar una Asamblea Nacional Constituyente.

FUENTE: Elizabeth Ostos - http://www.elpitazo.com

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