Mediante una sentencia, publicada en el portal web del Poder Judicial, la Sala Constitucional ordenó al alcalde realizar “todas las acciones y utilice los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la Ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos”.
De igual forma, exigió que se “proceda a la inmediata remoción de tales obstáculos y se mantengan las vías y zonas adyacentes a éstas, libres de barricadas, residuos, escombros y de cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para obstaculizar la vialidad urbana, en especial evitar y prohibir la tranca en la arteria vial nacional TRONCAL 005″.
De no cumplir con lo establecido —refiere la sentencia— el alcalde incurrirían en desobediencia a la autoridad y quedaría, expuestos a sanciones según lo establece la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Suman 15 medidas de amparo
Con esta sentencia, ya son 15 decisiones de amparo que emite el TSJ a varios municipios del país, donde se ha generado focos violentos, que ha dejado saldo de 67 fallecidos y más de mil heridos, así como daños a la propiedad pública y privada.
De la cifra total, siete se dictaron para la protección de los habitantes de municipios del estado Miranda, tres en el estado Mérida, uno en el estado Anzoátegui, dos en el estado Lara y dos en el estado Barinas.
FUENTE: Agencias