El comercio incurrió en en el delito de usura, el cual está estipulado en el artículo 56 de la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ), así como el suministro de información falsa, que constituye una infracción genérica contemplada en el artículo 54 de la misma norma jurídica, reseña nota de prensa de la instancia fiscalizadora.
"Al momento de la fiscalización, el encargado argumentó no poseer facturas de procedencia de las baterías, por tal motivo fueron comisadas y puestas a la orden de la Sundde y de las Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB)", informó Nordin Merhi, coordinador regional de la superintendencia, citado en nota de prensa.
FUENTE: AVN |