jueves, 3 de abril de 2014

TSJ declaró inadmisible demanda interpuesta contra diputado Cabello por concejales baruteños

La Sala Constitucional del TSJ oficializó su sentencia del pasado lunes al declarar inadmisible la demanda de protección de intereses colectivos interpuesta por los consejales baruteños José Alberto Zambrano y David Ascención contra el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, por presuntamente incurrir en una vía de hecho contra María Corina Machado.

Los concejales alegaron que Cabello incurrió en una vía de hecho al “impedirle a la diputada Maria Corina Machado ejercer sus funciones de parlamentaria sin poseer competencias para ello y revocando así la diputación de nuestra representante en la Asamblea Nacional Diputada Maria Corina Machado electa por el pueblo baruteño; vulnerándose de este modo nuestros derechos de participación en el sufragio directo de nuestros representantes representantes”, según fue publicado en la Gaceta Oficial 40.385 que se hizo disponible el día de hoy.

El Tribunal Supremo de Justicia amparó su decisión como consecuencia jurídica de la violación de Machado a los artículos 191 y 197 del Texto Fundamental, los cuales señalan que los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, así como dispone que los mismos están obligados y obligadas a cumplir sus labores a dedicación exclusiva, en beneficio de los intereses del pueblo.

Por igual la Sala señaló la efectiva aplicación del artículo 149, dispositivo que establece que los funcionarios públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros sin la autorización de la Asamblea Naciona

FUENTE: http://www.noticias24.com

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