El pasado 2 de julio, los abogados Ramón José Medina y Gerardo Fernández, como representantes judiciales de Capriles, presentaron una recusación contra estos funcionarios, asegurando que "la Sala Constitucional estaría compuesta por magistrados que tenían comprometida su imparcialidad", por lo que solicitaban la participación de suplentes en la revisión de la impugnación que interpuso el activista de derecha contra los comicios del 14 de abril.
Al respecto, el tribunal precisó que existe carencia de elementos fácticos y jurídicos que soportan el petitorio de Capriles.
"Frente a la infundada solicitud, lo procedente en derecho es declarar inadmisible la misma, de conformidad con la jurisprudencia de las Salas Plena y Constitucional del TSJ, en la cual se ha señalado que en casos como el presente, en que las recusaciones no cumplan con las exigencias formales y procedimentales que establece la ley para la prosecución del trámite recusatorio, pueden y deben ser inadmitidas por el recusado, sin necesidad de remitir el conocimiento de la causa a otro juez y de abrir incidencias que devendrían en inoficiosas", detalla la sentencia.
FUENTE: AVN |