Durante una entrevista en el programa Contragolpe de Venezolana de Televisión, Ortega Díaz destacó que la Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y otras Violaciones a los Derechos Humanos por Razones Políticas en el Período 1958-1998 (Ley contra el Olvido) establece "que el funcionamiento de la comisión será a través de unas subcomisiones".
Las subcomisiones del Poder Popular, de Información, Divulgación y para la recepción de denuncias, permitirán recopilar datos y testimonios acerca de las desapariciones y torturas ejecutadas por gobiernos de la IV República.
Es posible que se requieran otras subcomisiones y para determinarlo, explicó la Fiscal, los grupos de trabajo ya definidos deberán hacer la evaluación respectiva. "Vamos a dividir al país por regiones y en ellas vamos a constituir unas subcomisiones", comentó.
Los grupos de trabajo deberán evaluar también las tareas necesarias a fines de elaborar el reglamento de la ley. "Las legislaciones son muy generales y para esclarecer los detalles es necesario un reglamento".
La fiscal señaló que la comisión requiere recursos y de un espacio para el llevar a cabo las investigaciones, por ello anunció que el próximo lunes los integrantes de la comisión se reunirán con la presidenta la del Consejo Moral Republicano, la contralora general Adelina González, a fin de presentar los requerimientos.
"Necesitamos un espacio para trabajar y los gastos de los de la comisión corren por cuenta del Consejo Moral Republicano que debe incluir dentro del presupuesto, como crédito adicional, el funcionamiento de la comisión, la cual requiere de algunos recursos para movilizarse y un espacio donde se pueda operar".
Comisión por la Justicia y la Verdad, juramentada el pasado jueves 28 de febrero, la integran representantes del Estado, luchadores sociales, intelectuales y familiares de las víctimas.
Ley contra el Olvido, promulgada en el año 2011, establece los principios y atribuciones de la Comisión. “Podrá acceder a cualquier archivo o registro de cualquier órgano del Estado donde reposen libros, documentos de contenido confidencial o secreto, documentos reproducidos por medios electrónicos, informáticos, ópticos o telemáticos, expedientes o actas contentivas de información sobre los hechos que se investigan”.
| FUENTE: AVN |


