La sala "declaró desistida la extradición pasiva en contra del ciudadano de nacionalidad colombiana Guillermo Enrique Torres Cueter -alias Julián Conrado-, en virtud de que la República de Colombia dispuso retirar y cancelar, con carácter inmediato, las solicitudes de extradición requeridas al Estado venezolano", señala la información.
La nota del TSJ explica que Conrado "se encontraba preventivamente a las órdenes del mencionado tribunal mientras se recibían los argumentos del Gobierno colombiano que avalaban la extradición pasiva requerida por la comisión de los delitos de desaparición forzada de personas y reclutamiento ilícito".
El 26 de diciembre de 2013, indica el texto, el viceministro de Asuntos Multilaterales y encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, Carlos Arturo Morales López, comunicó a la Cancillería venezolana la decisión colombiana de retirar y cancelar, con carácter inmediato, las solicitudes de extradición de Conrado.
En esa misma fecha, el canciller venezolano, Elías Jaua, envió una misiva a la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, magistrada Gladys Gutiérrez, en la que informó que el Gobierno de Colombia decidió retirar la solicitud de extradición, para que en consecuencia se actuara en el ámbito de sus competencias.
En este sentido, la Sala de Casación Penal del TSJ precisó en su decisión que "al ser retirada y cancelada la solicitud formal de extradición por parte de la República de Colombia, lo ajustado a Derecho y procedente es declarar desistida la solicitud de extradición pasiva", puntualiza la nota de prensa difundida este jueves.
FUENTE: AVN |