De acuerdo con el Convenio Cambiario 33, establecido entre el BCV y el Ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública, y publicado la pasada semana en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.171, el mercado al menudeo contempla "la compraventa de divisas en billetes extranjeros, cheques de viajeros o de divisas a personas naturales a través de transferencia; así como la compra de cheques cifrados en moneda extranjera y las operaciones de cambio vinculadas al servicio de encomienda electrónica".
En el Simadi pueden participar personas jurídicas y naturales que tengan cuentas en dólares en los bancos nacionales. El monto máximo de venta diario de divisas a cada persona en las casas de cambio será de 300 dólares cuando la negociación sea en bolívares y de 200 cuando sea en billetes extranjeros.
Asimismo, se estableció la cantidad de "300 dólares como el monto mínimo a partir del cual los bancos universales podrán efectuar, por persona natural, las operaciones de venta de divisas en el mercado de menudeo", indica el convenio.
Al mes, se podrá adquirir un máximo de 2.000 dólares y al año, la suma podrá totalizar 10.000 dólares.
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