jueves, 4 de diciembre de 2014

Publicado en Gaceta Reglamento de Ley Orgánica de Aduanas sobre Tasas Aduaneras

La Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela dictó el Reglamento del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas sobre las Tasas Aduaneras, así lo reseña la Gaceta Oficial N° 40.554 con fecha 3 de diciembre que circula este jueves.

Las disposiciones generales indican que el monto recaudado por concepto de las tasas previstas en la referida normativa “se enterará a la Tesoro Nacional, previa deducción del 50%, el cual se destinará a cubrir las necesidades del servicio aduanero. Dicha deducción deberá liquidarse y recaudarse en la planilla separada de los impuestos de importación y la tasa pertenecientes a la República Bolivariana de Venezuela, y ser depositada en las cuentas de las oficinas receptoras o de percepción autorizadas por la Administración Aduanera”.

Igualmente, en la Gaceta Oficial aparece reseñado que “la Administración Aduanera deberá en un lapso de tres ( 3) meses, contados a partir de la vigencia de este Reglamento, para adaptar y desarrollar los mecanismos de recaudación y control fiscal de las tasas desarrolladas en este Reglamento, así como el Sistema Aduanero Automatizado”.

FUENTE: Gaceta Oficial N°40.554 - http://www.correodelorinoco.gob.ve

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