Uno de los motivos de la medida introducida ante el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas es la publicación de imágenes inadecuadas sin envoltura que selle su contenido y sin advertencia del mismo, como lo establece el artículo 74 de la Lopna, refirió un boletín informativo de la Defensoría del Pueblo.
La fotografía de dos jóvenes sin vida publicada por La Voz también viola el artículo 32 de la normativa legal, la cual establece que "todo niño y adolescente tiene derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral".
El año pasado el Tribunal Supremo de Justicia sentenció que la publicación de imágenes de cadáveres constituye "una deformación del periodismo que pudiera atentar contra el derecho a la información y que resulta denigrante de la condición del ser humano".
FUENTE: AVN |