De acuerdo con nota de prensa del Ministerio Público (MP), Mardo alegó -en la acción judicial presentada- que la máxima representante del MP "ha vulnerado sus derechos constitucionales al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la defensa"; en el marco la solicitud de antejuicio de mérito que se le sigue ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Al respecto, la Sala Constitucional indicó que la exposición de la denuncia ante la Sala Penal, instancia que conoce la causa de antejuicio donde Mardo expuso que fueron violados sus derechos y garantías constitucionales, hizo "configurar" la causal de inadmisibilidad contenida en el cardinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, "porque sus alegatos serán objeto de pronunciamiento por parte de la referida Sala en la oportunidad de dictarse la decisión de fondo en dicha causa".
"En virtud de lo anterior y los criterios jurisprudenciales en la materia, se declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional, de conformidad con lo establecido en los cardinales 1 y 5 del artículo 6 de la mencionada Ley Orgánica", refirió nota de prensa del MP.
FUENTE: MP/Prensa Web RNV |