martes, 15 de noviembre de 2011

Banca pública financiará a alquilados

El ejecutivo autorizó la creación, en las instituciones bancarias públicas, de fondos para que los arrendatarios puedan financiar la adquisición o reparación de viviendas y para que pequeños arrendadores efectúen refacciones en sus inmuebles.
Estos fondos, según reza el artículo 2 de este decreto publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.799, “no tendrán personalidad jurídica y estarán bajo el control y administración de cada una de las instituciones Bancarias del sector público”.

El decreto, en su artículo 3, insta a éstas instituciones a aplicar principios como los de honestidad, eficacia, transparencia, simplicidad y celeridad en el otorgamiento de los créditos tanto para los “arrendatarios que se encuentren ocupando legítimamente los inmuebles arrendados”, como para los “pequeños propietarios que vuelvan a ocupar su inmueble”.

Los recursos de estos fondos, indica el artículo 4, dirigidos a estos dos grupos de personas (arrendatario y pequeños propietarios), los determinará la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario para lo cual establecerá “los porcentajes mínimos de los recursos financieros que serán destinados a la conformación de los fondos creados” en el mencionado decreto.

El artículo 5, insta a las instituciones bancarias del sector publico a atender “a los criterios de valor real de uso del inmueble y no del valor de mercado a fin de evitar las distorsiones en la valoración del inmueble”.

El Decreto con rango, valor y fuerza de ley consta de cinco artículos y una disposición final que indica que la norma entró en vigencia desde el momento mismo de su publicación en Gaceta.

FUENTE: Jesús Rivero Bertorelli - http://www.ultimasnoticias.com.ve

No hay comentarios:

Publicar un comentario

LEA...