De esta manera, el salario mínimo se ubica en Bs 4.889,11, de acuerdo al Decreto Presidencial 1.431, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.542.
Este incremento es “obligatorio en todo el territorio nacional, para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado”. También aplica a los pensionados y pensionadas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, e igual porcentaje (15%) para los adolescentes aprendices.
Asimismo, a partir de este lunes entra en vigencia el ajuste para el cálculo para el bono alimentación, el cual pasará a ubicarse en un rango entre las 0,5 y 0,75 Unidades Tributarias, de acuerdo a la modificación de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras, publicada en la Gaceta N° 6.147 extraordinario, en la que se modifica el monto del beneficio.
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