La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia fue la encargada de declarar parcialmente con lugar dicha demanda, según la sentencia N° 591 llevada a cabo por el magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, en el cual se declaró con lugar el recurso de casación realizado por Montoya Hernández, según el dictamen efectuado por el el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, sede San Juan de los Morros, el 14 de abril del 2015.
La orden dada por la Sala del Alto Tribunal es el pago de todos los intereses moratorios que aparecen indicados en la sentencia a Montoya Hernández por parte de la Constructora Odebrecht, desde el momento en que finalizó la relación laboral. Además, la empresa deberá pagar el monto actualizado según la corrección monetaria de las sumas que aparecen estipuladas en la demanda (Bs. 475.114,44), según lo estipulado por la experticia complementaria del fallo, con el ajuste desde el momento en que se efectuó la denuncia hasta la fecha de la entrega, exceptuando el lapso en que el proceso judicial estuviera suspendido o paralizado.
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FUENTE: Con información del TSJ - http://www.ultimasnoticias.com.ve