“Constató el Alto Juzgado que junto al escrito de interposición del amparo ambos ciudadanos no acompañaron prueba alguna indispensable que le permita a la Sala del Alto Juzgado verificar preliminarmente la existencia de la presunta lesión causada por la denunciada prohibición de entrar al Cenapromil para visitar a López, Ceballos y Scarano, que imputan a la Ministra del Poder Popular para la Defensa y a las autoridades de aquel centro, o al menos comprobar que fueron al referido centro de reclusión, solicitaron visitar a los referidos ciudadanos y obtuvieron una respuesta negativa al respecto”, indicó un boletín de prensa de la institución.
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