lunes, 8 de julio de 2013

BCV autorizó a entidades bancarias a tramitar operaciones del Sicad

El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó a las entidades bancarias actuar como instituciones autorizadas para tramitar las operaciones de compra y venta de divisas o títulos de valores denominados en moneda extranjera, a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad).
El aviso oficial del ente emisor, publicado en la Gaceta Oficial número 40.201, que circula este lunes, señala que entre estas entidades figuran los bancos universales y microfinancieros, bancos comerciales, de desarrollo y entidades de ahorro y préstamo en proceso de reestructuración.

Asimismo, expresa que la medida se basa en la Resolución número 13-07-01 del 2 de julio pasado, en la cual se establece que las operaciones de compra y venta de divisas sólo podrán efectuarse a través de las instituciones autorizadas por el BCV.

Las personas naturales o jurídicas que deseen comprar divisas o títulos valores sólo podrán utilizar una institución autorizada durante cada mes calendario y deberán tener una antigüedad como cliente de la misma de al menos 90 días continuos.

El monto mínimo y/o máximo por postura de compra o venta de divisas o de títulos de valores denominados en moneda extranjera canalizadas por el Sicad será determinado en las distintas convocatorias a subastas.

En declaraciones recientes, el ministro de Finanzas, Nelson Merentes, informó que estas subastas se efectuarán con una periodicidad de cada 15 días.

"Se anunciará tres días antes para que la gente tenga sus requisitos", explicó el ministro, al tiempo que destacó que las empresas públicas y privadas podrán solicitar máximo 2% del monto total de las subastas.

Las personas naturales podrán adquirir divisas para la atención de gastos de consumo en viajes al exterior y para cubrir el costo de estudios en el exterior, gastos de salud, investigaciones científicas, deporte, cultura, o para el pago de bienes requeridos para la prestación de servicios profesionales.

Para este fin no se requiere que la persona natural haya agotado el cupo anual o límites mensuales otorgados por la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi).

FUENTE: AVN

LEA...